martes, 7 de enero de 2020

Limitan el uso de plástico y unicel





>Por el uso de bolsas plásticas para el acarreo y popotes de un solo uso se sancionará con una amonestación con apercibimiento por escrito hacia el infractor correspondiente siendo este un distribuidor o comercializador.


El Volcán/Guzmán


En la gaceta oficial se publicaron las reformas y adiciones a los artículos del Reglamento de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del municipio para que Zapotlán el Grande se regule en el uso bolsas desechables y popotes de plástico, como parte de los instrumentos de política en la materia, enfocados a minimizar impactos negativos a la ecología.



            En el Reglamento se señala los productores, consumidores y distribuidores de productos deberán cambiar gradualmente el uso de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso por biodegradables, así como evitar en la medida de lo posible el uso y comercialización de productos de poliestireno expandido (unicel).

            Lo anterior de acuerdo a lo establecido que atención a lo establecido en la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Jalisco en el artículo 8 fracción XIII y a la norma ambiental estatal NAE-SEMADET-010/2019, que establece criterios y especificaciones técnicas ambientales para la producción de bolsas que vayan a ser distribuidas y/o comercializadas en el estado de Jalisco.

            Por el uso de bolsas plásticas para el acarreo y popotes de un solo uso se sancionará con una amonestación con apercibimiento por escrito hacia el infractor correspondiente siendo este un distribuidor o comercializador.






            La actualización el presente Reglamento marca también que para el establecimiento de actividades productivas como es el caso de las relacionadas con la agro-industria y la agricultura intensiva, será necesario tramitar la factibilidad ambiental correspondiente, ante la Dirección de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

            En el caso de que las personas físicas o jurídicas que a la fecha de la entrada en vigor de este ordenamiento que ya se encuentren realizando estas actividades en el territorio municipal, contarán con un plazo máximo de seis meses para obtener la factibilidad ambiental y evitar las sanciones correspondientes.

            El Reglamento de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del municipio de Zapotlán el Grande, que establecer  los  principios,  normas  y  acciones para  asegurar  la  preservación  del  equilibrio ecológico, puede consultarse y descargarse en la página web del Gobierno Municipal www.ciudadguzman.gob.mx o www.zapotlan.gob.mx 



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