Milton Iván
Peralta
El Volcán/Guzmán
Septiembre es el mes del testamento, y se está difundiendo mucho a través del Colegio de Notarios y del Gobierno del Estado de Jalisco, ya que generan un descuento para ser accesible, ayuda a crear una cultura de heredar conflictos, pero por otro lado en Registro Público de la Propiedad y del Comercio, difunden un tipo de testamento que está contemplado en la Ley Civil del Estado de Jalisco, que es el Testamento Holográfo.
Explicó Alan Pinto Fajardo, jefe de la unidad Registral del
Registro Público de la Propiedad y del Comercio, que “el
testamento Holográfo es el que la persona lo escribe con su puño y
letra, se necesita que sepa leer y escribir, acude con nosotros,
redacta su voluntad en dos hojas con su decisión libre, acompañado
de dos testigos, que no deben ser familiares ni herederos, se levanta
una acta, tiene un costo es de $363 pesos, es muy barato”.
Ya
teniendo todo se levanta un acta por parte del Registro Público,
firmado por los testigos y sellado, una copia se deposita en los
archivos y el otro se lo llevan “ya ahí se vuelve legal el
testamento, este tipo de alternativas son muy útiles para que mucha
gente no deje problemas en su patrimonio, a diferencia de acudir o no
a realizar un testamento es la parte económica, y esta opción de
manera más económica se más accesible puede ayudar a no heredar
problemas”.
Alan Pinto Fajardo, comentó que la diferencia es
que el testamento es público, donde el notario como fedatario,
realiza el testamento y redacta la voluntad de la persona, y este
testamento Holográfo “no interviene el notario, la persona lo
escribe como una carta, adquiere la publicidad y la legalidad a
partir de que se deposita en el Registro Público, como un plus que
brinda certeza, que nosotros una vez depositado el testamento tenemos
que darlo de alta en la plataforma Registro Nacional de Testamentos
(Renat), queda dado de alta a nivel nacional”.
Alan Pinto,
comentó que al faltar la persona, los familiares llevan su
testamento Holográfo al juzgado o notario a iniciar su
testamentaría, general mente giran oficio al Registro Público de
la Propiedad “para que nosotros les hagamos llegar el testamento
que quedó depositado para compararlo con el que tiene la familia, y
verificar que no hubo alteración y validar el testamento”.
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