martes, 4 de agosto de 2026

Artículo 134: ¿recursos públicos o promoción política?

 



Víctor Hugo Prado


El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece reglas fundamentales para el manejo de los recursos públicos y obliga a las autoridades a administrarlos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez. Pero también contiene una disposición esencial para la democracia: los servidores públicos deben aplicar los recursos bajo su responsabilidad con imparcialidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.



El mismo precepto establece que la propaganda gubernamental debe tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. No debe utilizarse para promover nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de servidores públicos.

Ante ello, vale la pena preguntarnos: ¿se respeta el espíritu constitucional cuando funcionarios del gobierno protagonizan mensajes que anuncian programas sociales?




Circula en redes sociales un spot protagonizado por el secretario de Educación Pública, Mario Delgado, en el que anuncia el depósito de la Beca Rita Cetina y afirma que son “dos mil quinientos pesos que les manda la presidenta” para útiles, uniformes o incluso “un buen libro”. El programa efectivamente contempla un apoyo de 2,500 pesos por estudiante de primaria pública.

El problema no es la existencia de la beca, sino la manera de comunicarla. Los recursos de los programas sociales no salen del bolsillo de la presidenta ni de ningún funcionario: provienen del presupuesto público, integrado fundamentalmente por los impuestos que pagamos los ciudadanos. Presentarlos como una dádiva personal puede generar una percepción de agradecimiento hacia quien gobierna, cuando en realidad se trata de recursos públicos.





La expresión “ya cayó el dinerito”, además de desafortunada, trivializa un derecho social y puede transmitir la idea de que el gobierno entrega dinero propio, cuando administra recursos pertenecientes a todos.

Frente a estos hechos, y ante la proximidad de los procesos electorales de 2027, corresponde a los ciudadanos exigir que las instituciones electorales vigilen con rigor el cumplimiento del artículo 134. El propio INE reconoce la imparcialidad como uno de sus principios rectores y señala que debe velar permanentemente por el interés de la sociedad y los valores fundamentales de la democracia.




La democracia no se defiende con discursos, sino haciendo cumplir la Constitución. Y el artículo 134 no debería ser letra decorativa: debe aplicarse a todos, sin distingos ni colores partidistas.



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