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martes, 23 de septiembre de 2025

La reforma a la Ley de Amparo: un grave retroceso histórico

 



Víctor Hugo Prado



Mientras usted y yo celebrábamos las fiestas patrias con motivo del Grito de Independencia y, al día siguiente, conocíamos las aberraciones cometidas por algunos gobernantes al mencionar a nuestras heroínas y héroes —como llamar “Josefa Ortiz de Pinedo” a la corregidora Josefa Ortiz de Domínguez—, la presidenta de la República enviaba al Senado una iniciativa para modificar la Ley de Amparo, de vital importancia para la vida democrática de las y los mexicanos.



El juicio de amparo es, desde el siglo XIX, el mecanismo más sólido de protección constitucional en México. Fue diseñado para salvaguardar los derechos fundamentales de las personas frente a actos de autoridad arbitrarios, y se convirtió en una herramienta reconocida internacionalmente como una aportación mexicana al derecho universal. Gracias al amparo, millones de ciudadanos han podido detener abusos de los poderes públicos y defender libertades básicas.

Académicos, jueces y expertos en derecho constitucional han advertido que la iniciativa presentada no busca fortalecer la protección ciudadana, sino blindar al gobierno frente a reclamos legítimos. En la práctica, se transformaría en una ley “progobierno”, debilitando la defensa de derechos humanos y restringiendo la suspensión de actos de autoridad. Esta figura de suspensión es crucial porque impide que los derechos de una persona sean vulnerados mientras se resuelve un juicio. Limitarla equivale a dejar indefensos a los ciudadanos en el momento más crítico.

Los impulsores de la reforma sostienen que buscan dar mayor certeza jurídica y establecer límites más claros sobre cuándo procede una suspensión. Afirman que hoy “no hay límites”. Sin embargo, la lógica del amparo es precisamente lo contrario: proteger al ciudadano en situaciones de riesgo, incluso si después un juez determina que no tenía la razón. Por ejemplo, si un hospital público niega atención médica, la suspensión permite que el paciente reciba el servicio de inmediato, sin esperar años a que se resuelva el litigio. Lo esencial es que la persona no pierda su derecho en el camino.





Otro aspecto preocupante es la restricción al interés legítimo, que hoy permite a organizaciones y colectivos defender derechos colectivos como el agua, el medio ambiente o la salud pública. La reforma propone limitar esa facultad únicamente a quienes acrediten un interés jurídico directo, dejando a la sociedad en general sin herramientas para reclamar abusos que afectan a todos.

En suma, esta reforma no representa un avance, sino un retroceso histórico. Pone en entredicho garantías que costaron siglos de luchas sociales y que son la base del Estado de derecho. Si se aprueba, derechos fundamentales como la salud, la libertad, el patrimonio e incluso la vida misma podrían quedar desprotegidos ante el poder del gobierno.


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